Valledupar establece reglas para la publicidad política de cara a las elecciones al Congreso de 2026.
Por lanoticia.net
La Alcaldía de Valledupar expidió el Decreto 1167 del 3 de diciembre de 2025, mediante el cual fijó los lineamientos para la instalación de publicidad exterior visual durante la campaña para las elecciones al Congreso de la República, programadas para el 8 de marzo de 2026.
La administración municipal informó que la regulación tiene como objetivo garantizar la transparencia del proceso electoral, proteger el espacio público y asegurar condiciones equitativas para todos los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos que participen en la contienda.
De acuerdo con el decreto, se autoriza la instalación de 30 vallas comerciales, distribuidas en partes iguales entre el área urbana y la zona corregimental del municipio. Asimismo, cada organización política podrá disponer de un carro valla y de un aviso por sede, siempre que este último no supere el 30 % de la fachada del inmueble ni exceda los 48 metros cuadrados.
La normativa exige que toda pieza publicitaria cuente con la autorización previa de la Secretaría de Gobierno y prohíbe su instalación en zonas protegidas como parques, instituciones educativas y de salud, bienes de interés cultural, áreas ambientales, separadores viales y mobiliario urbano.
La vigilancia del cumplimiento estará a cargo de los inspectores urbanos y rurales de Policía. En caso de presentarse infracciones, se adelantarán los procedimientos sancionatorios correspondientes y, cuando se evidencien excesos por parte de las organizaciones políticas, la Administración Municipal trasladará la información al Consejo Nacional Electoral.
Según indicó el secretario de Gobierno, Félix Valera Ibáñez, la administración del alcalde Ernesto Orozco reafirma su compromiso con la seguridad, la convivencia y el orden en la ciudad. Los partidos y movimientos políticos podrán instalar su publicidad desde el 8 de diciembre, y una vez finalizada la jornada electoral deberán retirar los elementos en un plazo máximo de 24 horas, so pena de que el municipio proceda al desmonte y cobre los costos a los responsables.
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